Bases Edición 2026

Startup Andalucía RoadShow (Quinta Edición)

Bases de participación convocatoria 2026

1. Objeto de la convocatoria

La presente convocatoria tiene por objeto regular la participación en el Programa Startup Andalucía Roadshow, Edición 2026 (SAR 2026).

La iniciativa busca identificar, seleccionar y acompañar startups andaluzas con alto potencial de crecimiento, innovación y escalabilidad.

2. Entidades organizadoras

El programa está impulsado por la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía y el Consejo Andaluz de Cámaras de Comercio. Ambas entidades coordinarán la ejecución, gestión y evaluación del programa. Actuación financiada por la Junta de Andalucía en el marco del I Plan Cameral de Andalucía 2026-2028.

3. Beneficios del programa

  • Formación especializada.
  • Asesoramiento y Mentorización.
  • Acceso a inversores.
  • Participación en eventos como Al Ándalus Innovation Venture y otros eventos.

4. Calendario y Fases del programa

Las distintas fases de la presente convocatoria de la iniciativa STARTUP ROADSHOW ANDALUCÍA vendrán marcadas por el siguiente calendario:

  • Fase 1 – Convocatoria: desde el 30 de junio hasta la medianoche del 7 de septiembre de 2026 (23:59). (El plazo de recepción de solicitudes finalizará el 7 de septiembre a las 23:59)
  • Fase 2 – Admisión, evaluación y selección de participantes:
    • Admisión y evaluación:
    • Talent Show: (Pitch de selección de las 12 finalistas): Online, 9 y 10 de septiembre.
    • Sesiones de asesoramiento (preparación para la final)
  • Fase 3 – Evento final: Al-Ándalus Innovation Venture (22 al 23 de septiembre)
  • Fase 4 – Reconocimiento a las mejores iniciativas (5 ganadores)
    • Video (septiembre – octubre)
    • Agenda “Startup Andalucía Roadshow: (septiembre – diciembre)
    • Eventos nacionales e internacionales propuestos:
  • VDS (*): Valencia, 21 y 22 de octubre
  • SLUSH (*): Helsinki, 17 – 19 de noviembre

Las entidades impulsoras de la iniciativa podrán ajustar el calendario indicado según el desarrollo de la misma o por circunstancias sobrevenidas.

(*) La participación en los eventos nacionales e internacionales indicados anteriormente conlleva la obligatoriedad de cumplimentar la información requerida por las organizaciones feriales en tiempo (en torno al 25 de septiembre) y forma. En el caso concreto de la organización ferial de SLUSH se reserva el derecho a validar las empresas que finalmente sean admitidas.

5. Criterios de evaluación

Admisión y evaluación:

Una vez cerrada la convocatoria, un comité evaluador técnico revisará la información y documentación (formulario, one-pager, video pitch, declaración responsable, etc.) aportada en la solicitud y comprobará que se cumplen los criterios de participación descritos en el apartado “8. Requisitos de participación”.

 

  • Talent Show: (Pitch de selección a las 12 finalistas):

Tras esto, las candidaturas admitidas serán evaluadas mediante un “Talentshow” donde los aspirantes realizarán una presentación ejecutiva (elevator pitch) de su negocio y equipo ante un jurado compuesto por expertos en inversión y emprendimiento que valorará el grado de madurez y la capacidad de escalado seleccionando a 12 startups.

En su “pitch”, las empresas tendrán que convencer al jurado de su situación de consolidación en el mercado (ingresos recurrentes, acuerdos de intenciones con empresas relevantes, tracción en clientes, etc.), fase de crecimiento o en fase de escalado, en caso de completar una ronda de inversión.

  1. Innovación, tecnología, ventaja competitiva, potencial y propuesta de valor del negocio que desarrolla la empresa: 30 %.
  2. Viabilidad técnica, comercial y económico-financiera de la empresa, modelo de negocio escalable: 30 %.
  3. Equipo humano, invertibilidad, capacidades, actitudes y experiencia de los promotores de la empresa: 40 %

 

  • Final: (Pitch de selección de los 5 ganadores):

En el “pitch”, las empresas tendrán que convencer al jurado, tanto de su capacidad, como de estar en la fase de escalado “scale-up”, pudiendo así acceder con solvencia a los mercados internacionales.

En esta fase final se seleccionará a las 5 startups con mayor potencial, siguiendo los siguientes criterios de selección:

  1. Contenido del pitch realizado en el evento final (80%)
  • Modelo de Negocio con un claro componente tecnológico, sostenibilidad y escalabilidad (No se admiten modelos de negocio basados exclusivamente en servicios)
  • Estrategia de crecimiento e internacionalización (capacidad de trabajar en inglés como mínimo)
  • Métricas y tracción actual (métricas de negocio, clientes/usuarios/pilotos, ingresos actuales)
  • Estrategia de financiación (descripción del plan a 3 años aportando datos financieros)
  • Necesidades de inversión (“seed”/“serie A”)
  • Valoración de la empresa
  • Innovación y tecnología
  • Mercado
  • Equipo y empleo

 

  1. Comunicación del pitch realizado en el evento final (20%): convicción, claridad y coherencia.

6. Jurado

Estará compuesto por expertos en inversión, emprendimiento e instituciones. La decisión será inapelable.

En caso de empate, se proclamará finalista aquel proyecto o iniciativa donde la perspectiva de género tenga mayor visibilidad. De persistir el empate, la decisión final la tomará el jurado profesional.

7. Exclusiones

La organización del programa se reserva el derecho a descartar las solicitudes de participación que no reúnan un mínimo de requisitos de calidad o no cumplan con los requisitos mínimos exigidos.

Asimismo, se podrán excluir del programa a las empresas que incumplan los compromisos establecidos en el documento de compromiso de participación. Se entenderá que una empresa incumple con los compromisos si su participación en las distintas actuaciones es inferior al 90%.

8. Requisitos de participación

Podrán participar PYMES y MICROPYMES que cumplan los siguientes requisitos:

a) Ser “Startups” constituidas de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, y el artículo 3 de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes: ser una pequeña empresa no cotizada, constituida como sociedad mercantil, con menos de 5 años de antigüedad anteriores a la presentación de la solicitud para las startups en general, y hasta 7 años para las pertenecientes a los sectores biotecnología y salud, y que no haya distribuido beneficios ni surja de una operación de concentración.

b) Tener su sede social, o residencia fiscal, o al menos un centro de trabajo en Andalucía.

c) Ser empresas innovadoras de base tecnológica, cuyo plan de desarrollo de negocio y actividades se refieran a la explotación de productos o servicios que requieran el uso intensivo de tecnologías o conocimientos técnicos y/o científicos, que posibiliten el desarrollo de nuevos productos, servicios o procesos para su introducción en el mercado.

d) Disponer de un modelo de negocio escalable, bien definido, y con ingresos recurrentes.

e) Estar formadas por un equipo multidisciplinar, con solvencia técnica y capacidad para cubrir todas las áreas clave del negocio. El equipo promotor será de al menos 2 personas con un 100% de dedicación a la actividad empresarial y que hayan arriesgado capital propio para la puesta en marcha inicial del negocio.

f) No haber sido ganadora de alguna de las ediciones anteriores del Startup Andalucía Roadshow.

g) Cumplir la totalidad de las condiciones contenidas en las presentes bases de la convocatoria.

Las empresas no podrán obtener la condición de entidad beneficiaria cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

a) Se encuentre incursa en alguna de las prohibiciones a que hace referencia el art. 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.

b) Haber sido condenadas las personas administradoras mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.

c) Haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declarada insolvente en cualquier procedimiento, hallarse declarada en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujeta a intervención judicial o haber sido inhabilitada conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

d) Haber dado lugar, por causa de la que hubiese sido declarada culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.

e) Estar incursa las personas administradoras de las sociedades mercantiles, en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, de la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones de Altos Cargos y otros Cargos Públicos, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa andaluza que regule estas materias.

f) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

g) Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

h) No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. Se considerará que se encuentra al corriente cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de la correspondiente resolución de reintegro.

i) Haber sido sancionada mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, u otras leyes que así lo establezcan.

j) Tener deudas en periodo ejecutivo de cualquier ingreso de Derecho Público de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

k) Haber sido sancionada o condenada por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente.

l) Las prohibiciones de obtener subvenciones afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas.

Estos extremos enumerados se acreditarán mediante documentación solicitada conjuntamente al formulario de solicitud.

La organización podrá solicitar documentación adicional que acredite el cumplimiento de los requisitos.

Las startups seleccionadas para participar en el programa suscribirán un documento de compromiso con éste y sus actuaciones.

9. Aceptación de las bases y obligaciones

Se entiende que por el hecho de concurrir en esta iniciativa los participantes aceptan incondicionalmente estas bases, así como cualquier resolución que se adopte por incidencias no previstas, tanto por la Organización como por los jurados y comités evaluadores.

La organización se reserva el derecho a modificar o anular en cualquier momento las presentes bases, comprometiéndose a comunicar las nuevas bases, condiciones o anulación definitiva, en su caso a través de su página web en la iniciativa www.startupandaluciaroadshow.es.

Los participantes:

  • Asumirán cualquier reclamación sobre propiedad intelectual o utilización de información de dominio privado, manteniendo indemne al programa Startup Roadshow Andalucía y a sus promotores ante cualquier posible reclamación. 
  • Se comprometen a entregar la información adicional que pueda requerírseles.
  • Informarán sobre cambios en la constitución del equipo antes de la fecha de anuncio de los ganadores.
  • Participarán de forma activa en el desarrollo del programa, haciendo uso adecuado de los recursos públicos a su disposición.

10. Uso de la información y derechos de imagen y audio

Los participantes autorizan a las entidades impulsoras de la iniciativa Startup Andalucía Roadshow a difundir y a publicar a través de internet y en medios de prensa especializada y/o generalista un resumen de los proyectos en cuestión, así como la imagen y nombre de los responsables de tales proyectos, a los efectos de dar a conocer a los participantes al público en general y sin que se genere remuneración alguna a su favor.

Los participantes autorizan a las entidades impulsoras de la iniciativa a la toma de imágenes y grabación de audios y vídeos, en los actos que se realicen durante las distintas fases del proceso de selección y para la ejecución del programa y la gestión de su participación en el mismo; y ceden  a las entidades impulsoras de la iniciativa la utilización de dichas imágenes, voz, audios y vídeos, así como el nombre, título y resumen  de su proyecto, en cualquier medio (tanto físico como digital -redes sociales, medios de comunicación internos/externos, páginas web, etc.), y bajo cualquier soporte o formato, para los exclusivos fines de promoción nacional y/o internacional, difusión y desarrollo de la convocatoria y del programa.

11. Tratamiento de datos personales

Los participantes en esta iniciativa quedan informados y autorizan que los datos personales proporcionados, sin cuya facilitación no se podrá participar en el mismo, se incorporarán a un fichero automatizado, titularidad del Consejo Andaluz de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.

En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (en adelante, “RGPD”), se informa que el Consejo Andaluz de Cámaras utilizará los datos  para dar cumplimiento a las obligaciones legales derivadas de la presente iniciativa, al estar financiada con fondos públicos.

Próximamente